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jueves, 25 de agosto de 2011

Seguros obligados a otorgar cobertura inmediata en emergencias medicas

La Superintendencia de la Actividad Aseguradora (Sudeaseg) informa a los usuarios, tomadores, beneficiarios y contratantes de las pólizas de seguros y al público en general, que está expresamente PROHIBIDO POR LEY, LAS EMPRESAS DE SEGUROS NEGARSE A OTORGAR LA COBERTURA INMEDIATA EN CASO DE EMERGENCIAS, previstas en el contrato de seguros de hospitalización, cirugía y maternidad o condicionar esa cobertura a la emisión de claves o autorizaciones de acceso.

En fecha 08 de Noviembre se celebro un convenio entre SUDESEG, INDEPABIS y la Defensoría del Pueblo con la finalidad de asistir a los contratantes y beneficiarios de Pólizas de HCM mediante la creación de una Sala Situacional de Salud para recibir quejas y reclamos sobre los inconvenientes y trabas que ponen las Compañías de Seguros a la hora de otorgar claves de emergencias en los centros de salud privados, por lo cual pusieron a disposición números telefónicos y un correo donde los ciudadanos pueden hacer llegar sus reclamos.

Lea a continuación el aviso publico que se encuentra en la pagina de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora

 

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